INFORMACIÓN SOBRE AYUDAS A AUTÓNOMOS Y MICROEMPRESAS POR PARTE DE LA JCCLM

Desde el Grupo Municipal Ciudadanos Puertollano, compartimos
con todo aquel que pueda interesarle, el Decreto 14/2020, de 12 de mayo, de
concesión directa de subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas y
microempresas afectadas por COVID-19, para la reactivación de la actividad
económica y el empleo, cofinanciables en un 80% por el Fondo Europeo de
Desarrollo Regional,
publicado en el Diario Oficial de Castilla La Mancha
del día 14 de mayo de 2020.

El Plazo de presentación de solicitudes es desde el viernes
15 de mayo de 2020 al lunes 15 de junio de 2020.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas
trabajadoras autónomas y las microempresas, cualquiera que sea su forma
jurídica, que ejerzan una actividad económica en C-LM, y en las que concurran
alguna de las dos siguientes circunstancias:

a) Que se hayan visto obligadas a la suspensión de su
actividad económica conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto
463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la
gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

b) Que, no habiendo suspendido la actividad económica
desarrollada, las personas autónomas trabajadoras o microempresas haya sufrido
una reducción de su facturación en el mes natural anterior a la publicación del
presente decreto en el Diario Oficial de Castilla- La Mancha de al menos el
60%, en relación con el mismo mes del ejercicio anterior.

Requisitos:

  • Los requisitos para obtener la condición
    beneficiarios son los indicados en el artículo 4 del Decreto de concesión
    directa de subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas y
    microempresas afectadas por COVID-19, para la reactivación de la actividad
    económica y el empleo.
  • Los beneficiarios, en su caso, deberán cumplir
    con las obligaciones indicadas en el artículo 12 del citado Decreto.
  • La persona beneficiaria estará obligada a
    facilitar las comprobaciones que garanticen la correcta realización de las
    actuaciones objeto de subvención. Asimismo, estará sometida a las actuaciones
    de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como al control
    financiero de la Intervención General de la Junta de Comunidades de Castilla-
    La Mancha, o de cualquier órgano, nacional o de la Unión Europea.

Importe:

La cuantía de la subvención a recibir por cada persona
beneficiaria tendrá en cuenta las líneas de subvenciones y el número de
trabajadores equivalentes a tiempo completo que tenían en la fecha de
presentación de la solicitud, de la forma siguiente:

  1. En el caso de personas autónomas sin
    asalariados, la cuantía de la subvención para las personas trabajadoras
    autónomas sin asalariados será de 1.500 euros.
  2. En el supuesto de solicitantes microempresas,
    la cuantía de la subvención para las microempresas, cualquiera que sea su forma
    jurídica, será de:
  3. 1º. 2.200 euros para las microempresas con hasta
    cinco trabajadores equivalentes a tiempo completo.
  4. 2º. 3.000 euros para las microempresas de más de
    cinco y menos de diez trabajadores equivalentes a tiempo completo.

Criterios:

Las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por
orden de presentación de estas, en función del cumplimiento de los requisitos
establecidos, siempre que la solicitud a aportar esté completa, y hasta el
agotamiento de la financiación disponible.

Documentación a aportar:

En el caso de personas autónomas sin asalariados:

  • Documentación acreditativa, en su caso, de la
    representación del firmante, cuando se formule la solicitud por persona
    distinta al interesado, mediante poder notarial, declaración en comparecencia
    personal del interesado, o por cualquier medio válido en derecho que deje
    constancia fidedigna.

En el supuesto de solicitantes microempresas:

  • Documentación acreditativa, en su caso, de la
    representación del firmante cuando el solicitante fuere persona jurídica, o
    cuando se formule la solicitud por persona distinta al interesado, mediante
    escritura pública, declaración en comparecencia personal del interesado, o por
    cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna.

Lugar de presentación:

Las solicitudes se presentarán únicamente de forma
telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede
electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La
Mancha para cada tipología de solicitante:

  • Anexo I en el supuesto de personas autónomas sin
    asalariados
  • Anexo II en el supuesto de solicitantes
    microempresas

Modelos del Trámite:

Información Adicional:

Para cualquier aclaración pueden obtener información en las oficinas adelante empresas: https://adelante-empresas.castillalamancha.es/adelante/oficinas

Tramitación: https://www.jccm.es/sede/ventanilla/electronica/LD6

En el siguiente enlace, os dejamos el decreto completo. https://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2020/05/14/pdf/2020_2948.pdf&tipo=rutaDo

Conforme nuestro Grupo tenga conocimiento de más ayudas, os iremos informado de ellas.

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