El Pleno de la Corporación Municipal con los votos a favor del Partido Popular y Vox ha aprobado de manera inicial la modificación de la ordenanza municipal reguladora de terrazas y elementos auxiliares en terrenos de uso público de la localidad.
Una aprobación que ha salido adelante tras aceptar el equipo de gobierno del PP la propuesta de Vox de no modificar el artículo 18 en su apartado 1 y mantener el texto de la ordenanza del 2022, con el fin de dar solución y coherencia en la problemática existente en la autorización de terrazas que disponen de estructura.
Inmaculada Amaro, concejala de comercio local, defendió que el PP acepta la propuesta con el objetivo de solucionar la realidad existente y desbloquear esta situación lo antes posible.
Informes
Como habían solicitado los grupos municipales a la proposición de modificación se ha incorporado el informe de la concejalía de Movilidad sobre los itinerarios peatonales accesibles para su estudio y aclaración en lo concerniente a la coexistencia de los IPA y la instalación de terrazas, ha indicado Amaro.
Además se añade el informe de Secretaría sobre la posibilidad de conceder una moratoria en el cumplimiento de algunos artículos de la actual ordenanza y del establecimiento de una exención del abono de la tasa fiscal correspondiente a un año.
Un informe que establece que dicha moratoria no se fundamenta con elementos de seguridad jurídica suficientes que protejan la indefensión frente a terceros, con el fin de seguir demorando su efectiva aplicación en el tiempo. Además considera que es contrario al ordenamiento la modificación de una norma definitivamente aprobada que se enmiende así misma para su inaplicación y se deduce que se omite su ejecutividad durante los años atrás.
Secretaría informa de manera desfavorable ya que la suspensión de ciertos preceptos de una norma vigente durante varios años a la que se han tenido que adaptar los posibles afectados desde su entrada en vigor puede suponer una vulneración de los principios constitucionales de igualdad y no discriminación.
Amaro explicó que dicho informe determina en relación a las tasas que no es posible establecer bonificaciones y exenciones en los impuestos locales que no esté contemplado en norma con rango de ley, aunque si es posible la aprobación de la suspensión de su aplicación durante un período determinado mediante una disposición transitoria en la redacción de una nueva tasa fiscal. Además establece que no puede tener efectos retroactivos hechos imponibles ya devengados, en este caso por la ocupación del dominio público ya autorizad
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