La Consejería de Sanidad ha decretado el nivel 3 en Puertollano con diversas medidas más restrictivas durante diez días en el ámbito social y hostelero para frenar el avance del coronavirus.
Un nivel 3 que supone la suspensión temporal de la actividad
en el interior de bares, restaurantes y establecimientos como salas de bingo,
casinos y salones recreativos con servicio de hostelería, aunque sí habrá
servicio de terraza hasta las 23 horas con limitación al 50% con un máximo de
seis personas por mesa.
Mercadillo a un tercio, suspensión de actividades deportivas y cierre de cines, biblioteca y museo
Además se suspende la actividad en los centros de día y las visitas sociales a residencias, se limitan las bodas y bautizos a sesenta personas en exterior y a seis personas en interior, mientras que a los velatorios solo podrán asistir un máximo de seis personas; el aforo de tiendas, supermercado y mercadillo se reduce a un tercio; se suspenden las actividades deportivas y culturales, limitación del aforo al 50% de autobuses urbanos y taxis y cierran sus puertas la Biblioteca Municipal, el Museo Cristina García Rodero y las salas de cine.
El equipo de gobierno hace un llamamiento a la responsabilidad ciudadana con el fin poner freno al número de contagios, que se han duplicado en la última semana.
Medidas Nivel 3
Locales de ocio
Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
BARES Y RESTAURANTES
Se suspende la actividad en el interior del
local en bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería, así
como en establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones
recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas en los que pueda
existir servicio de hostelería asociado a su actividad.
Excepciones
Quedan exceptuados de esta medida aquellos locales y establecimientos que en virtud de sus especiales características presten un servicio que se pueda considerar esencial o no sustituible:
Servicios de hostelería de hospitales y clínicas, para uso
de usuarios y profesionales.
Servicios de hostelería y restauración de establecimientos
hoteleros, para uso exclusivo de los clientes alojados en los mismos
Servicios de hostelería y restauración situados en empresas
y lugares de trabajo, para uso exclusivo a empleados.
Para estos supuestos, queda suspendido el servicio en barra
y su aforo máximo se establecerá en un tercio del fijado habitualmente,
manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en
cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
Terrazas
Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50 por ciento del máximo que tuvieran
establecido previamente, con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de
diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en
la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
Ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas.
Cierre de bares,
pubs, cafeterías, establecimientos de restauración y similares a las 23:00
horas.
Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en el interior del local como en terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas.
COMUNIONES, BODAS Y BAUTIZOS
Las celebraciones posteriores a eventos como bodas,
comuniones, bautizos y otros de similares características en locales de
hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 60 personas en espacio
abierto. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de
instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas. Se deberá garantizar el resto de las medidas
recogidas en la regulación en vigor siempre garantizando el resto de las
medidas recogidas en la regulación en vigor.
En establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas se limitará el aforo máximo al 30 por ciento del establecido.
En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad, protección e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención de covid-19.
HOTELES
Sólo podrán contratar el 50 por ciento de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 25 por ciento.
TIENDAS Y SUPERMERCADOS
En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarán su aforo a un tercio del máximo.
MERCADILLOS
Mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.
ACTIVIDAD Y VISITAS A CENTROS SOCIOSANITARIOS
Suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de
personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias
diurnas de personas mayores.
Suspensión de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.
Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con
discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida, pero deberán
observarse todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de
mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de
prevención de posibles contagios).
No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento. Sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia de las medidas especiales en el municipio (es decir, no podrá retornar al centro mientras dichas medidas se encuentren en vigor), y previa realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria competente.
En otros centros residenciales sociosanitarios de personas
con discapacidad, menores, personas con TMG.., estarán permitidas las salidas
siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con
Covid-19 y que el centro se encuentre libre de COVID en ese momento. Los
responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que
estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.
Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.
VELATORIOS
Velatorios y ceremonias: un máximo de 6 personas.
BODAS Y BAUTIZOS
Eventos sociales, como bodas y bautizos se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40 por ciento de aforo y en espacios al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del COVID-19, no debiendo superar el número máximo de 100 personas.
CONSUMO DE ALCOHOL
Se reforzarán los controles para impedir el consumo de
alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía
pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y la
autoridad aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes.
El Ayuntamiento
aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y
actividades.
ACTOS CULTURALES Y DEPORTIVOS
Espectáculos u otros
eventos: suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como
espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan
suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros
supuestos contenidos en estas medidas.
Eventos deportivos:
las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de
público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. En ningún caso
se podrá autorizar el traslado de estos eventos a otras localidades que se
encuentren en un nivel inferior de medidas de restricción.
Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas
siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.
Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada: disminuirán su aforo máximo al 50 por ciento del habitual.
CINES, BIBLIOTECAS Y MUSEOS
Cines, teatros y
auditorios: cierre cautelar.
Bibliotecas y museos: cierre cautelar.
Las visitas guiadas a monumentos y lugares de interés cultural verán limitado el tamaño máximo de los grupos a 6 personas.
Congresos,
seminarios, y actividades de índole similar: se podrán celebrar siempre que
no se supere el número máximo de 6 personas.
INSTALACIONES DEPORTIVAS
Instalaciones
deportivas de cualquier titularidad: el aforo máximo será del 20 por ciento
en espacios interiores y del 50 por ciento en espacios exteriores.
Piscinas municipales y otras instalaciones recreativas:
cierre de este tipo de instalaciones de uso público, independientemente de su
titularidad.
Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán
superar el 25 por ciento de su capacidad.
PARQUES Y JARDINES
Parques, jardines y espacios
públicos de características similares: cierre cautelar durante el horario
comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas. Durante su apertura se
supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección
individual adecuadas.
TRANSPORTE PÚBLICO
Autobuses urbanos y
taxis: se limitará al 50 por ciento la ocupación de autobuses urbanos y
taxis. Se procurará aumentar la frecuencia de los horarios de autobuses para
evitar aglomeraciones
Grupos
Quedan prohibidas las reuniones de un número mayor de 6
personas, en caso de no pertenecer al mismo grupo de convivencia estable.
Se recomienda a la
ciudadanía:
La limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de
convivencia estable.
Duración: estas medidas se aplicarán durante 10 días a partir de su publicación, pudiendo prorrogarse en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad.
Si las circunstancias epidemiológicas y la evolución de la epidemia reflejaran un empeoramiento de la situación, se adoptarían medidas complementarias a las establecidas.
Resolución
La entrada Puertollano entra en nivel 3 con medidas más restrictivas para frenar al coronavirus se publicó primero en Ayuntamiento de Puertollano.
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