Esta decisión supondría que el Consistorio tendría que abonar a la empresa los daños y perjuicios. La concesionaria sí tiene en su mano dejar de prestar el servicio, al no considerarse una actividad esencial ni básica para los ciudadanos. El Ayuntamiento estudiará no imponer multas o sanciones por las denuncias impuestas durante el período en que esté vigente el estado de alarma. El Consistorio exigirá a la empresa que cumpla con su obligación de tomar medidas preventivas entre sus trabajadores y no descarta acciones coercitivas
Noticia de Web del Ayuntamiento de Cuenca
El Ayuntamiento no puede interrumpir la ORA unilateralmente al no ser una actividad suspendida en el Real Decreto 463/2020 del estado de alarma.

